← Novedades jurídicas y Actualidad
La primera copia en papel del derecho de acceso a la historia clínica debe ser gratuita; solo copias adicionales pueden generar canon
- Emisor
- Agencia Española de Protección de Datos
- Tipo de documento
- Informe jurídico
- Ámbito
- España
- Referencia
- 2018-0047 060838/2018
- Fecha de publicación
- 19/10/2026
- Estado
- Vigente
- A quién afecta
- Responsables de tratamiento, Centros sanitarios
- Fuente oficial
- Descargar el documento oficial (PDF)
Qué se ha publicado
La Agencia Española de Protección de Datos ha emitido el informe jurídico 2018-0047 060838/2018, de 19 de octubre de 2026, en respuesta a una consulta sobre la legalidad de cobrar tasas por la entrega de copias en papel de la historia clínica en Castilla y León.
El informe concluye que la primera copia en papel solicitada en el ejercicio del derecho de acceso debe ser gratuita. La normativa autonómica citada únicamente prevé tasas para soportes digitales como CD o DVD, por lo que exigir pago por la copia en papel carece de cobertura legal y vulnera el Reglamento General de Protección de Datos.
Puntos clave
- El derecho de acceso incluye la obtención de una copia de los datos personales tratados.
- La primera copia entregada al interesado debe ser gratuita según el artículo 15.3 del RGPD.
- Solo las copias adicionales a la primera pueden estar sujetas a un canon razonable por costes administrativos.
- La ley de tasas de Castilla y León solo contempla precios públicos para copias en soporte digital.
- Es contrario a la normativa ofrecer exclusivamente formatos de pago sin alternativa gratuita.
A quién afecta
Este criterio obliga a los centros sanitarios, servicios de salud y administraciones públicas de Castilla y León que gestionen historias clínicas. También es de aplicación directa para cualquier responsable del tratamiento en todo el territorio nacional que gestione datos de salud y reciba solicitudes de acceso en formato papel.
Qué conviene hacer
- Eliminar cualquier tasa o precio público exigido por la entrega de la primera copia en papel de la historia clínica.
- Establecer procedimientos internos que distingan entre la primera copia gratuita y las sucesivas sujetas a coste.
- Verificar que la normativa de tasas autonómica no se aplica indebidamente a formatos no contemplados en la misma.
- Informar al personal de admisión y documentación clínica sobre la gratuidad de la primera copia en papel.
- Adecuar los modelos de solicitud para ofrecer explícitamente la opción de copia en papel sin coste.
Resumen informativo elaborado por PRIVACTIVA. No sustituye al texto oficial: consulte siempre la fuente indicada.